Ministerio de Fomento
Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes
Dirección General de Aviación Civil
Madrid, 30 de Noviembre de 1.999
D. Joaquín González Gros
Mauricio Legrende, 21
28046 Madrid
Muy Sr. mío:
El Excmo. Señor Ministro de Fomento nos hace llegar su carta del día 19 de los corrientes referente a la modificación del límite de edad operativa de los pilotos en operaciones de transporte aéreo comercial.
En relación con ello, tengo el honor de informarle que esta Dirección General está dando, junto con la Secretaría General Técnica del Ministerio, los pasos necesarios para la inmediata publicación del JAR-FCL que, como supongo es de su conocimiento, será la norma mediante la cual se produzca esa modificación que, en síntesis, permitirá a los pilotos españoles actuar como tales en operaciones de transporte aéreo comercial hasta los 65 años, siempre y cuando se trate de una tripulación compuesta por más de un piloto y el otro sea menor de 60 años.
Para las operaciones distintas de las de transporte aéreo comercial ya no existe límite de edad en España.
Atentamente,
Enric Sanmartí Aulet
Director General