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ASOCIACIÓN SINDICAL DE PILOTOS DE AVIACIÓN
A.S.P.A

 

Sección Sindical de Air Europa 

REGLAMENTO DEL FONDO DE ASESORIA Y/O DEFENSA LEGAL DE LOS PILOTOS DE AIR EUROPA

Se constituye un Fondo Económico con administración y contabilidad independientes y nutrido por aportaciones de los pilotos de la Compañía Air Europa

1- Fines del Fondo
El Fondo de Asesoría Legal tiene como fin la cobertura económica de las posibles, demandas, dictámenes o asesoramientos legales que pudiendo constituir material que afecte exclusivamente a este colectivo sean consideradas por el Órgano de Administración del Fondo necesarias para la defensa de los intereses laborales, profesionales o sindicales del colectivo y muy especialmente en los casos de fusiones y/o absorciones por otra empresa.

2- Recursos del Fondo
Los recursos del Fondo de Asesoría Legal estarán integrados por:
a) Aportación inicial de constitución del Fondo y única la totalidad de la prima de productividad que la Compañía debía habernos abonado en la nómina del mes de marzo 2001.
b) Aportaciones extraordinarias.
c) Los ingresos derivados de los rendimientos y enajenaciones de su patrimonio.
d) Los ingresos procedentes de la venta de publicaciones o de prestaciones de servicios del propio Fondo.
e) Cualesquiera otros recursos obtenidos de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Las aportaciones extraordinarias serán solicitadas por escrito o en Asamblea por el Órgano de Administración del Fondo previa justificación de la necesidad. Las mismas, si corresponde, podrán ser descontadas de la nómina de cada afiliado antes de su percepción, previa autorización del mismo.

3- Órgano de Auditoria del Fondo.
Serán tres pilotos designados en Asamblea o bien por sorteo de entre los del Escalafón vigente ajenos a la Sección Sindical, los cuales auditaran permanentemente el uso de los recursos del fondo.
El Órgano de Auditoria del fondo deberá dar cuenta anualmente de la utilización de los recursos del fondo a la Asamblea General de los pilotos de AEA.

4- Utilización de los recursos del Fondo
Los recursos del Fondo sólo estarán disponibles para el cumplimiento de los fines del mismo.
La Sección Sindical del sindicato que ostente la representatividad de los TTP por Convenio Colectivo utilizará los recursos del fondo dentro de los limites establecidos en el punto uno del presente reglamento, dando cuenta al órgano de auditoria del fondo.

5- Disolución del Fondo
El Fondo podrá ser disuelto por votación llevada a cabo en Asamblea General de Pilotos de AEA convocada a tal efecto o por la consecución de los fines propuestos en su creación, o bien por aquellas otras causas que supongan la disolución de este colectivo de pilotos.
Los recursos disponibles en el momento de disolución del Fondo se repartirán entre todos los participes en la misma proporción en que se produjeron las aportaciones.

6- Disposición Transitoria
Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente a su aprobación por la mayoría de los pilotos de Air Europa.

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PAPELETA DE VOTO DEL REGLAMENTO DEL FONDO DE ASESORIA Y/O DEFENSA LEGAL DE LOS PILOTOS DE AIR EUROPA


D.....................................................................................................................................................

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D.N.I................................................................................

Nº EMPLEADO AEA....................................................
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( ) APRUEBO EL REGLAMENTO DEL FONDO DE ASESORIA Y/O DEFENSA LEGAL DE LOS PILOTOS DE AIR EUROPA.

( ) NO APRUEBO EL REGLAMENTO DEL FONDO DE ASESORIA Y/O DEFENSA LEGAL DE LOS PILOTOS DE AIR EUROPA.


Fdo. D..........................................................................